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Normativa7 min de lectura

Reglamento de envases PPWR (UE) 2025/40: qué cambia desde el 12 de agosto de 2026

Desde el 12 de agosto de 2026 el reglamento PPWR sustituye a la antigua directiva de envases. Qué se aplica ya hoy, quién debe firmar la declaración de conformidad y qué obligaciones llegan hasta 2040.

Desde el 12 de agosto de 2026 se aplica el Reglamento (UE) 2025/40 relativo a los envases y residuos de envases (PPWR), que sustituye a la Directiva 94/62/CE y es directamente aplicable en toda la UE. Desde ya rigen los límites de PFAS y metales pesados, la documentación técnica y la declaración UE de conformidad para cada envase introducido en el mercado. La reciclabilidad, el contenido reciclado mínimo, las prohibiciones de algunos formatos de un solo uso y los objetivos de reutilización llegan, en cambio, a partir de 2030.

Qué es el reglamento PPWR

El PPWR (Packaging and Packaging Waste Regulation) es el Reglamento (UE) 2025/40, de 19 de diciembre de 2024, publicado en el Diario Oficial de la UE el 22 de enero de 2025 y en vigor desde el 11 de febrero de 2025. Se aplica desde el 12 de agosto de 2026, fecha a partir de la cual queda derogada la Directiva 94/62/CE, salvo algunas disposiciones transitorias.

La diferencia con el pasado es sustancial: la directiva debía transponerla cada Estado con sus propias reglas, mientras que el reglamento es idéntico y directamente aplicable en todos los países. El objetivo es doble: armonizar el mercado de los envases y reducir los residuos, aplicando los principios de la economía circular y del ecodiseño.

El reglamento se refiere a todos los envases introducidos en el mercado de la UE, vacíos o llenos, de un solo uso o reutilizables, de cualquier material, e implica a toda la cadena: quien fabrica envases, quien los llena con su propia marca, importadores, distribuidores, comercio electrónico y operadores de restauración.

Qué cambia desde el 12 de agosto de 2026

Muchas obligaciones tienen fechas posteriores, pero algunas ya se aplican a los envases introducidos en el mercado a partir de esta fecha:

  • PFAS en los envases para alimentos: los envases en contacto con alimentos no pueden contener PFAS por encima de 25 ppb por sustancia individual medida con análisis específico, 250 ppb para la suma de las PFAS medidas con análisis específico y 50 ppm para las PFAS totales, incluidas las poliméricas;
  • metales pesados: la suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente no debe superar los 100 mg/kg, como ya preveía la antigua directiva;
  • evaluación de la conformidad: antes de introducir un envase en el mercado, el fabricante elabora la documentación técnica y la declaración UE de conformidad;
  • identificación: en el envase, o mediante un código QR o un documento de acompañamiento, deben figurar un número de tipo, lote o serie y los datos de contacto del fabricante;
  • nuevos roles y responsabilidades: importadores, distribuidores y prestadores de servicios logísticos tienen obligaciones propias de verificación, y los productores deben cumplir la responsabilidad ampliada del productor en cada Estado en el que venden.

Cuenta la fecha de introducción en el mercado de cada unidad de envase, no la de fabricación. El reglamento prohíbe además etiquetas, marcas o símbolos que puedan confundir a los consumidores sobre las características de sostenibilidad de los envases, un tema que se conecta con las nuevas reglas contra el greenwashing en vigor desde el 27 de septiembre de 2026.

Declaración de conformidad y documentación técnica

Para el PPWR, el fabricante no es solo quien produce materialmente el envase: es también quien encarga el diseño o la fabricación de envases o productos envasados con su propio nombre o marca. Una empresa alimentaria que vende con su propia marca, por tanto, es fabricante aunque compre las bandejas a un proveedor. La excepción es la microempresa que adquiere el envase a un proveedor establecido en la UE: en ese caso el fabricante, a efectos de las obligaciones de conformidad, es el proveedor.

La documentación técnica, prevista en el anexo VII, describe el envase y su uso y reúne las pruebas de conformidad con los requisitos aplicables: análisis de PFAS y metales pesados, datos sobre los materiales y, a medida que entren en vigor, pruebas sobre reciclabilidad, contenido reciclado y minimización. La declaración UE de conformidad sigue el modelo del anexo VIII, debe actualizarse y conservarse junto con la documentación durante cinco años para los envases de un solo uso y diez años para los reutilizables.

En la práctica, el trabajo más largo es reunir información fiable de los proveedores de materiales y semielaborados. CONAI, el consorcio nacional italiano de envases, ha publicado una nota informativa con la estructura, el contenido y un modelo de la declaración, y un vademécum sobre los requisitos de diseño de los envases.

El calendario de las próximas obligaciones

El PPWR entra en vigor por etapas. Algunas fechas son «móviles»: se activan en la fecha indicada o, si es posterior, un determinado tiempo después de la adopción de los actos de ejecución de la Comisión.

FechaObligaciónA quién afecta
12 de agosto de 2026Aplicación general: límites de PFAS y metales pesados, documentación técnica, declaración UE de conformidadFabricantes, importadores, distribuidores
12 de febrero de 2027Posibilidad de que el cliente lleve su propio recipiente para bebidas y comida para llevar, sin coste adicionalBares, restaurantes, catering con comida para llevar
12 de febrero de 2028Oferta de una alternativa en envase reutilizable para llevar; minimización del espacio vacío en los envases de ventaRestauración con comida para llevar (excluidas las microempresas); quien llena los envases
12 de agosto de 2028Etiqueta armonizada sobre los materiales para facilitar la recogida separadaTodos los envases
1 de enero de 2029Recogida separada de al menos el 90% de las botellas de plástico y latas de un solo uso de hasta 3 litros, por norma mediante sistemas de depósito, devolución y retornoEstados miembros, productores de bebidas
1 de enero de 2030Envases reciclables (clases A, B o C), contenido reciclado mínimo en el plástico, peso y volumen minimizados, espacio vacío máximo del 50%, prohibiciones de algunos formatos de un solo uso, primeros objetivos de reutilizaciónFabricantes, importadores, distribución, logística, comercio electrónico
2035-2040Reciclabilidad «a escala» desde 2035, solo clases A o B desde 2038, contenidos reciclados más altos desde 2040Fabricantes e importadores

Los objetivos de 2030 en detalle

  • contenido reciclado en las partes de plástico: 30% para los envases de PET sensibles al contacto, 10% para los demás envases de plástico sensibles al contacto, 30% para las botellas de plástico de un solo uso para bebidas, 35% para los demás envases de plástico; desde 2040 los umbrales suben al 50%, 25%, 65% y 65%;
  • formatos de un solo uso prohibidos (anexo V): entre otros, los envases de plástico para menos de 1,5 kg de fruta y verdura frescas, las monodosis de condimentos y salsas en la restauración, los recipientes de un solo uso para el consumo en el local y las bolsas de plástico muy ligeras;
  • reutilización: al menos el 40% de los envases de transporte (palés, cajas, contenedores) en sistemas de reutilización, con excepciones como las cajas de cartón, y al menos el 10% de las bebidas vendidas por el distribuidor final en envases reutilizables, con exclusiones como la leche, el vino y las bebidas espirituosas.

Los Estados miembros deben además reducir los residuos de envases per cápita un 5% para 2030, un 10% para 2035 y un 15% para 2040, respecto a 2018.

Qué ocurre en Italia: CONAI, sanciones y simplificaciones

Al ser un reglamento, el PPWR no necesita transposición. Sin embargo, hacen falta normas nacionales para las autoridades competentes, los controles y las sanciones: en octubre de 2026 el régimen sancionador italiano aún está en fase de definición. Esto no suspende las obligaciones europeas, que se aplican de todos modos desde el 12 de agosto de 2026.

Para las empresas italianas sigue siendo central el sistema CONAI para la responsabilidad ampliada del productor, que el reglamento prevé en todos los Estados miembros con registros nacionales de productores.

En diciembre de 2025 la Comisión presentó un paquete «Ómnibus» de simplificación ambiental que propone, entre otras cosas, suspender la obligación de designar un representante autorizado para la responsabilidad ampliada del productor en los demás Estados en los que se vende directamente. En octubre de 2026 la propuesta sigue en examen en el Parlamento Europeo y el Consejo: mientras no se apruebe, la obligación se mantiene.

Cómo prepararse: una lista de comprobación práctica

  1. Mapea tus envases: tipos, formatos, materiales, pesos, proveedores y mercados de venta, distinguiendo primarios, secundarios y de transporte.
  2. Aclara tu rol para cada envase: fabricante, importador, distribuidor o productor a efectos de la responsabilidad ampliada.
  3. Pide a los proveedores declaraciones y análisis sobre PFAS y metales pesados y la información sobre los materiales que necesitas para la documentación técnica.
  4. Prepara la declaración UE de conformidad y un archivo ordenado, con los plazos de conservación de cinco y diez años.
  5. Comprueba la reciclabilidad de los envases actuales y planifica los cambios para 2030: materiales, contenido reciclado, peso, espacio vacío.
  6. Revisa etiquetas y declaraciones en el packaging, eliminando símbolos o leyendas ambientales que puedan inducir a error.

Los datos sobre envases sirven también más allá de la conformidad: los pesos por material y la proporción de reciclado son indicadores típicos de economía circular y alimentan el informe de sostenibilidad según el estándar VSME. Si diseñas nuevos productos, el PPWR debe leerse junto con el reglamento de diseño ecológico ESPR.

El punto clave

Desde el 12 de agosto de 2026 el Reglamento (UE) 2025/40 se aplica directamente en toda la UE: los límites de PFAS y metales pesados, la documentación técnica y la declaración UE de conformidad ya son obligatorios. El grueso de los requisitos de diseño llega a partir de 2030. Mapea tus envases y aclara tu rol ahora, porque los datos de los proveedores requieren tiempo.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se aplica el reglamento de envases PPWR?
El Reglamento (UE) 2025/40 está en vigor desde el 11 de febrero de 2025 y se aplica con carácter general desde el 12 de agosto de 2026. Sin embargo, muchas obligaciones, como la reciclabilidad y el contenido reciclado, se activan a partir de 2030.
¿Quién debe elaborar la declaración UE de conformidad de los envases?
El fabricante, es decir, quien produce el envase o quien encarga su diseño o fabricación con su propio nombre o marca. Si este último es una microempresa y el proveedor está establecido en la UE, la obligación pasa al proveedor.
¿Hay que retirar los envases fabricados antes del 12 de agosto de 2026?
Las reglas se aplican a los envases introducidos en el mercado a partir del 12 de agosto de 2026: cuenta la fecha en la que cada unidad se puso a disposición por primera vez en el mercado de la UE. Para el etiquetado armonizado de 2028, el reglamento prevé un periodo de salida de tres años.
¿Qué envases de un solo uso estarán prohibidos?
Desde el 1 de enero de 2030 el anexo V prohíbe, entre otros, los envases de plástico para menos de 1,5 kg de fruta y verdura frescas, las monodosis de condimentos en la restauración, los recipientes de un solo uso para el consumo en el local y las bolsas de plástico muy ligeras, con algunas excepciones.
¿El PPWR se aplica también a los envases de papel y cartón?
Sí, se aplica a todos los materiales. Sin embargo, algunas obligaciones son específicas del plástico, como el contenido reciclado mínimo, y los objetivos de reutilización para el transporte excluyen las cajas de cartón.

Fuentes y lecturas complementarias

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